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Rosario 27 de abril de 2026
Informamos que el Colegio de Odontólogos de la Provincia de Santa Fe 2da Circunscripción habiendo formalizado un convenio con la Adminidtración Provincial de Impuestos ha remitido a dicha administración todos los datos requeridos de los matriculados con el fin de realizar la inscripción y exención en el impuesto sobre los Ingresos Brutos.Esa carga de datos podría estar demorada por la mencionada dependencia.
La provincia otorgó una prorroga para dicho trámite hasta el 31 de agosto de 2026. En caso de necesitarcon urgencia le exención, se debe completar el FORMULARIO 1276 WEB en la página de ARCA, completando el CUIT y correo electrónico del agente de retención y marcar la casilla “EXENTO” por art. 213 Inc. L del Código Fiscalde la Provincia.
Igualmente quedamos a disposición para consultas telefónicas o presenciales con el CP Martín Vitale o CP Juan Carlos Pansarasa.
Estimadas y estimados matriculados:
Desde el Colegio de Odontólogos de la Provincia de Santa Fe – 2ª Circunscripción queremos llevarles un mensaje claro y, sobre todo, de tranquilidad.
En el marco de la normativa vigente que regula la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para profesionales —prevista en el artículo 213 inciso l) del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe y reglamentada por la Resolución General API Nº 39/2025— el Colegio viene trabajando activamente para que este trámite sea simple, ordenado y accesible, evitando cargas innecesarias y gestiones individuales complejas para cada odontóloga y odontólogo.
En ese sentido, en el día de hoy se firmó un Convenio Marco de Colaboración con la Administración Provincial de Impuestos (API), cuyo objetivo es facilitar y simplificar el reconocimiento de la exención, mediante un canal institucional directo entre el Colegio y el organismo fiscal.
Participaron de la firma del convenio:
- CP Daniela María de Luján Bosco, Administradora Provincial de Impuestos
- Verónica Robas, Presidente del Colegio de Odontólogos (2ª Circ.)
- Raúl Allin, Secretario del Colegio de Odontólogos
- Carlos Ensinck, Asesor Legal del Colegio de Odontólogos
Este acuerdo permite que el Colegio actúe como intermediario institucional, remitiendo a la API la información necesaria de los matriculados activos, evitando trámites engorrosos, errores o rechazos que puedan afectar el normal desarrollo de la actividad profesional.
Asimismo, es importante destacar que la Administración Provincial de Impuestos, mediante la Resolución General API Nº 16/2026, ha otorgado una prórroga general, estableciendo como fecha límite única el 31 de agosto de 2026 para cumplir con el trámite de reconocimiento de la exención.
Esto significa que no existen urgencias inmediatas ni situaciones de riesgo, y que hay tiempo suficiente para realizar el procedimiento de manera ordenada y acompañada.
El Colegio está interviniendo activamente, gestionando y acompañando, para que las y los odontólogos puedan concentrarse en su ejercicio profesional con la tranquilidad de saber que su institución los respalda.
Ante cualquier duda, el Colegio permanece —como siempre— a disposición de sus matriculados.
Descargar archivo aquí.
El Colegio de Odontólogos de la Provincia de Santa Fe 2da Circunscripción informa que, como resultado de una gestión institucional activa y sostenida, se ha alcanzado un acuerdo con la Administración Provincial de Impuestos (API) que permitirá simplificar y agilizar la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para profesionales odontólogas/os matriculados que ejerzan de manera liberal.
Esta iniciativa se enmarca en un Convenio Marco de Colaboración Interinstitucional, celebrado conforme a lo dispuesto por el artículo 213, inciso l), del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe, y en las Resoluciones Generales de la API N.º 39/2025 y N.º 14/2024, que regulan el reconocimiento de dicha exención.
La medida se inscribe en la defensa permanente de los derechos e intereses de las/ los matriculadas/os, transformando un trámite que hasta ahora se otorgaba de manera individual y excepcional, en un procedimiento general, ordenado y accesible, evitando gestiones personales ante el organismo fiscal.
El Colegio comunicará oportunamente los pasos a seguir y los requisitos correspondientes a través de la página web y sitios oficiales.
Descargar PDF.
Gestión-institucional-ante-la-API-para-la-exención-del-Impuesto-sobre-los-Ingresos-Brutos